Publicaciones objeto de depósito
Tipo de publicación y cantidad de obras a depositar
La relación de publicaciones y número de ejemplares que deben depositarse en la Oficina de Depósito Legal de La Rioja es la siguiente:
MATERIALES MAS COMUNES
| Tipo de publicación | Nº de Ejemplares |
|---|---|
| Carteles anunciadores y publicitarios* | 4 |
| Documentos sonoros ( CD' audio, casete, discos de vinilo ) | 4 |
| Documentos audiovisuales (DVD-vídeo, Blu Ray) | 4 |
| Libros y folletos | 4 |
| Hojas (Hojas, Dípticos, Trípticos) | 4 |
| Marcapáginas | 4 |
| Mupis | 4 |
| Partituras | 3 |
| Publicaciones periódicas (diarios, revistas, memorias, anuarios...) | 3 |
*Incluye la propaganda electoral
OTROS MATERIALES
| Tipo de Informacion |
Tipo de publicacion | Nº Ejemplares |
|---|---|---|
| Textual | Catálogos (editoriales, librerías y subastas) | 4 |
| Libros bibliófilo y artísticos | 2 | |
| Libros de texto | 3 | |
| Recursos integrables | 4 | |
| Gráfica | Atlas | 4 |
| Cromos | 1 | |
| Láminas | 1 | |
| Mapas | 4 | |
| Naipes | 1 | |
| Planos | 4 | |
| Tarjetas Postales | 2 | |
| Tarjetas felicitación | 1 |
Los ejemplares recogidos por Depósito Legal se destinan a la Biblioteca Nacional de España y la Biblioteca de La Rioja.
Características de las obras depositadas
El editor o productor habrá de tener en cuenta a la hora de depositar los ejemplares requeridos que:
- Las obras deben ser depositadas en su integridad.
- Las colecciones de fascículos se depositan completas y encuadernadas.
- Las colecciones de cómics de serie limitada deben entregarse completas.
- La prensa diaria y las publicaciones periódicas deben ser tratadas como suscripciones para garantizar la entrega inmediata de las mismas en las oficinas de depósito legal.
En caso de la presentación de algún ejemplar incompleto o defectuoso de una obra sometida a depósito, el obligado al mismo debe, previo requerimiento de la Oficina de Depósito Legal depositar, en el plazo de 15 días, un nuevo ejemplar completo y sin defecto alguno.
Excluidas
La Ley 8/2022, de 4 de mayo, por la que se modifica la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal excluye, expresamente:
- Documentos de las Administraciones Públicas de carácter interno o que resulten susceptibles de integración en expedientes administrativos.
- Documentos de instituciones y organizaciones, incluidas las empresariales, que versen únicamente sobre asuntos internos y estén dirigidas al personal de las mismas, tales como circulares, instrucciones o manuales de procedimiento.
- Publicaciones destinadas a concursos de promoción o traslado de los cuerpos o escalas de las distintas administraciones públicas
- Sellos de correo
- Impresos de carácter social como invitaciones de boda y bautizo, esquelas de defunción, tarjetas de visita, carnés de identidad, títulos o diplomas.
- Impresos de oficinas, formularios, incluidos los oficiales, cuestionarios y encuestas no cumplimentadas excepto que complementen una obra cuyo contenido sea técnico o científico.
- Dossieres de prensa.
- Hojas comerciales publicitarias.
- Catálogos comerciales de todo tipo, excepto de editoriales, librerías y subastas.
- Calendarios y agendas.
- Objetos tridimensionales, aunque acompañen a un documento principal.
- Manuales de instrucciones de objetos, electrodomésticos, maquinaria, o análogos.
- Todo producto de un sistema informático que contenga datos que afecten a la privacidad de personas físicas y jurídicas y cuantos estén incluidos en la normativa de protección de datos personales.
- Programas audiovisuales emitidos por prestadores del servicio de comunicación, audiovisual, salvo que sean objeto de distribución.
- Pasatiempos, crucigramas, sudokus, sopas de letras y similares
- Estampas originales realizadas con cualquier técnica
- Fotografías editadas
- Publicaciones de impresión bajo demanda destinadas a distribución en un ámbito familiar
En la Oficina de Depósito Legal de La Rioja tampoco será necesario constituir depósito legal de:
- Cualquier programa informático