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Publicaciones en línea

 Tipo de publicación y cantidad de obras a depositar

La relación de publicaciones y número de ejemplares  que  deben  depositarse en la Oficina de Depósito Legal de La Rioja es la siguiente:

 

Tipo de publicación

Nº de Ejemplares

Libros y folletos

4

Recursos multimedia en los que al menos uno de los soportes sea en papel

4

Varias encuadernaciones de una misma edición

4

Publicaciones periódicas, revistas, anuarios...

4

Partituras

4

Mapas, planos, atlas o similares

4

Publicaciones de impresión bajo demanda (a excepción de las destinadas al ámbito familiar)

4

Catálogos de editoriales, librerías y subastas

4

Documentos sonoros ( CD' audio, casetes )

3

Documentos audiovisuales (Vídeo, DVD-vídeo, Blue Ray)

3

Documentos electrónicos en soporte tangible (CD-ROM, DVD-ROM…)

3

Libros de texto

3

Marcapáginas

3

Carteles anunciadores y publicitarios, así como la propaganda electoral

3

Videojuegos

3

Libros de bibliófilo y libros artísticos

2

Postales de paisajes y ciudades

2

Archivos correspondientes a los documentos electrónicos sin soporte físico tangible susceptibles de ser descargados en entornos autosuficientes

2

Copia nueva de los documentos íntegros, en versión original, de toda película cinematográfica y un ejemplar del material publicitario correspondiente

2

Láminas, cromos, naipes  y tarjetas de felicitación

1

Postales ilustradas que no sean de paisajes y ciudades

1

Los ejemplares recogidos por Depósito Legal se destinan a la Biblioteca Nacional de España y la Biblioteca de La Rioja.

Características de las obras depositadas

El editor o productor habrá de tener en cuenta a la hora de depositar los ejemplares requeridos que:

  • Las obras deben ser depositadas en su integridad.
  • Las colecciones de fascículos se depositan  completas y encuadernadas.
  • Las colecciones de cómics de serie limitada deben entregarse completas.
  • La prensa diaria y las publicaciones periódicas deben ser tratadas como suscripciones para garantizar la entrega inmediata de las mismas en las oficinas de depósito legal.

En caso de la presentación de algún ejemplar incompleto o defectuoso de una obra sometida a depósito, el obligado al mismo debe, previo requerimiento de la Oficina de Depósito Legal depositar, en el plazo de 15 días, un nuevo ejemplar completo y sin defecto alguno.

 

Publicaciones excluidas de depósito

La Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal excluye, expresamente:

  • Documentos de las Administraciones Públicas de carácter interno o que resulten susceptibles de integración en expedientes administrativos.
  • Documentos de instituciones y organizaciones, incluidas las empresariales, que versen únicamente sobre asuntos internos y estén dirigidas al personal de las mismas, tales como circulares, instrucciones o manuales de procedimiento.
  • Publicaciones destinadas a concursos de promoción o traslado de los cuerpos o escalas de las distintas administraciones públicas
  • Sellos de correo
  • Impresos de carácter social como invitaciones de boda, esquelas de defunción, tarjetas de visita, títulos o diplomas.
  • Impresos de oficinas, formularios, incluidos los oficiales, cuestionarios y encuestas no cumplimentadas excepto que complementen una obra cuyo contenido sea técnico o científico.
  • Dossieres de prensa.
  • Hojas comerciales publicitarias.
  • Catálogos comerciales de todo tipo.
  • Calendarios y agendas.
  • Objetos tridimensionales, aunque acompañen a un documento principal.
  • Manuales de instrucciones de objetos, electrodomésticos, maquinaria, o análogos.
  • Estampas originales en cualquier técnica
  • Fotografias editadas
  • Microformas
  • Todo producto de un sistema informático que contenga datos que afecten a la privacidad de personas físicas y jurídicas y cuantos estén incluidos en la normativa de protección de datos personales
  • Programas audiovisuales emitidos por prestadores del servicio de comunicación, audiovisual, salvo que sean objeto de distribución.

En la Oficina de Depósito Legal de La Rioja tampoco será necesario constituir depósito legal de:

  • Hojas sueltas: impresos de menos de 5 hojas, dípticos, trípticos…
  • Cualquier programa informático